¿Qué es un autónomo? Persona que ejerce una actividad económica por cuenta propia, inscrita en el RETA (Régimen Especial de Trabajadores Autónomos)

Coste 1.er año: 80 €/mes (Tarifa Plana) — en Canarias, con Cuota Cero prácticamente 0 €

Ventaja fiscal canaria: 7 % IGIC en lugar de 21 % IVA (Península) — 14 puntos menos

Requisitos: NIE + Empadronamiento + Cuenta bancaria española

Nuevos autónomos en Canarias 2024: Más de 12.000, de los cuales 4.500 en Gran Canaria

¿Qué es exactamente un autónomo?

El autónomo es la forma jurídica española para toda persona que trabaja por cuenta propia: freelancers, consultores, coaches, emprendedores digitales, artesanos, fotógrafos, traductores — cualquier actividad independiente. Es el equivalente al trabajador por cuenta propia en otros países de la UE, pero con una diferencia crucial: como autónomo respondes personal e ilimitadamente con todo tu patrimonio.

Para los ciudadanos de la UE, el alta es relativamente sencilla. No necesitas ningún permiso de trabajo especial — el derecho de establecimiento y actividad económica se aplica en toda la Unión. Lo que necesitas son unos trámites administrativos realizados en el orden correcto.

Requisitos previos: Lo que necesitas antes

Antes de darte de alta como autónomo, debes tener tres cosas resueltas. Primero: el NIE — tu número de identificación fiscal en España. Sin NIE no se hace nada. Segundo: el Empadronamiento — la inscripción en el padrón municipal de tu ayuntamiento. Tercero: una cuenta bancaria española desde la que se domiciliarán las cuotas de la Seguridad Social.

El famoso círculo vicioso — el banco pide la Residencia, la Residencia requiere el alta de autónomo, el alta necesita cuenta bancaria — tiene solución: varios bancos en Gran Canaria abren cuentas sin Residencia, como Openbank, N26 o determinadas oficinas de CaixaBank.

Paso 1: Alta en Hacienda

El primer paso oficial es el alta censal en la Agencia Tributaria (conocida como Hacienda). Debes presentar el Modelo 036 o el simplificado Modelo 037. En él seleccionas tu actividad del catálogo oficial de actividades económicas (IAE — Impuesto sobre Actividades Económicas) e indicas la fecha de inicio de actividad.

Importante para Canarias: no te das de alta en el IVA (el impuesto sobre el valor añadido de la Península), sino en el IGIC — el impuesto general indirecto canario, de solo el 7 por ciento. Esta es una de las mayores ventajas frente a la Península, donde se aplica el 21 % de IVA. Con una facturación anual de 50.000 euros, la diferencia supone 7.000 euros.

Paso 2: Alta en la Seguridad Social

El segundo paso es la inscripción en el RETA a través del portal Import@ss de la Seguridad Social. Aquí te registras como trabajador por cuenta propia y eliges tu base de cotización. Para acceder necesitas un Certificado Digital o Cl@ve PIN.

Con el alta en la Seguridad Social quedas automáticamente cubierto por el sistema sanitario público español — asistencia sanitaria, pensiones y prestación por desempleo. Recibirás una Tarjeta Sanitaria para las consultas médicas. Muchos residentes extranjeros contratan además un seguro privado complementario para reducir tiempos de espera.

Tarifa Plana: 80 euros al mes en el primer año

Desde 2023, los nuevos autónomos se benefician de la Tarifa Plana: durante el primer año pagas solo unos 80 euros mensuales a la Seguridad Social (con el recargo del MEI, unos 89 euros reales). Esto se aplica con independencia de tus ingresos. En el segundo año puedes prorrogar la Tarifa Plana si tus rendimientos netos no superan el Salario Mínimo Interprofesional (SMI).

Los requisitos: no haber estado de alta como autónomo en los últimos dos años (tres años si ya disfrutaste antes de la bonificación) y no tener deudas pendientes con Hacienda ni con la Seguridad Social.

Cuota Cero: Canarias te devuelve todo

Y aquí llega el bonus canario: la Cuota Cero. Este programa del Gobierno de Canarias te reembolsa la totalidad de la Tarifa Plana del primer año — unos 960 euros. Tú pagas las cuotas normalmente, luego presentas la solicitud y recibes el dinero de vuelta como subvención.

La convocatoria 2026 está abierta desde marzo y finaliza el 15 de octubre de 2026. El presupuesto es de 3,3 millones de euros. Dispones de dos meses tras finalizar tu periodo de 12 meses de Tarifa Plana para presentar la solicitud a través de la Sede Electrónica del Gobierno de Canarias. En la última convocatoria, unos 3.620 autónomos en Canarias obtuvieron esta devolución — un 36 % más que el año anterior.

Costes del 1.er año en Canarias:

Tarifa Plana: aprox. 89 €/mes × 12 = aprox. 1.068 €

Devolución Cuota Cero: hasta 960 € de vuelta

Coste efectivo Seguridad Social: aprox. 108 € en todo el primer año

IGIC en vez de IVA: 7 % en lugar de 21 % — 14 puntos menos de impuesto indirecto

Obligaciones continuas: Declaraciones y contabilidad

Como autónomo debes presentar declaraciones trimestrales: el Modelo 130 (pago fraccionado del IRPF) y el Modelo 420 (declaración del IGIC en Canarias — no el Modelo 303, que corresponde al IVA peninsular). Además, la Declaración de la Renta anual y el resumen anual del IGIC.

La obligación contable es real: libros de ingresos y gastos, facturas conforme a la normativa española, y desde 2026 requisitos más estrictos de facturación electrónica. La mayoría de los residentes extranjeros externalizan la contabilidad a una Gestoría — un despacho fiscal español que se encarga de todos los plazos y presentaciones. Cuenta con entre 80 y 150 euros al mes por un buen gestor.

¿Autónomo o S.L.? ¿Cuándo conviene una sociedad?

La alternativa al autónomo es la S.L. (Sociedad Limitada) — la equivalente a una sociedad de responsabilidad limitada. Ventajas de la S.L.: responsabilidad limitada, tipo impositivo de sociedades más bajo (15 % el primer año, luego 25 %) y, en Canarias, el beneficio adicional de la Reserva de Inversiones Canarias (RIC) (Preuschoff), que puede reducir la tributación hasta un 90 %.

Desventajas: costes de constitución (notario, Registro Mercantil, capital mínimo de 3.000 euros), contabilidad más compleja y gastos fijos más elevados. Como regla general: por debajo de 40.000 euros de beneficio anual, el autónomo suele ser más económico. Por encima, merece la pena consultar con un asesor fiscal si la S.L. tiene sentido.

Errores frecuentes — y cómo evitarlos

El error más habitual: darse de alta primero en la Seguridad Social y después en Hacienda. El orden importa — primero Hacienda (Modelo 036/037), luego Seguridad Social (Import@ss). Si lo haces al revés, pueden denegarte la Tarifa Plana.

Segundo error: olvidar la domiciliación bancaria. Si la Seguridad Social no puede cobrar la cuota mensual, se aplican recargos por mora del 10 al 35 %. Tercer error: perder los plazos trimestrales. Las declaraciones del Modelo 130 y del IGIC vencen el día 20 del mes siguiente al cierre del trimestre (20 de abril, 20 de julio, 20 de octubre, 30 de enero). Quien se pasa del plazo, paga sanción.

Lista de comprobación para el alta de autónomo:

1. Solicitar el NIE

2. Empadronamiento (Ayuntamiento)

3. Abrir cuenta bancaria española

4. Obtener Certificado Digital o Cl@ve

5. Hacienda: presentar Modelo 036/037 (¡IGIC, no IVA!)

6. Seguridad Social: alta en RETA vía Import@ss

7. Solicitar Tarifa Plana (durante el alta)

8. Contratar una Gestoría (contabilidad + trimestrales)

9. Tras 12 meses: solicitar Cuota Cero al Gobierno de Canarias