IGIC en vez de IVA: 7 % tipo general (frente al 21 % peninsular) — más tipos especiales del 0 % al 20 %
IRPF Canarias: Escala propia con 7 tramos del 9 % al 26 % — más favorable que la mayoría de regiones
29 deducciones autonómicas: Alquiler, salud, hijos, inversiones — muchas infrautilizadas
Ventajas REF: RIC (hasta 90 % de beneficios libres de impuestos), ZEC (4 % Impuesto de Sociedades), 50 % bonificación producción
Renta 2026: Campaña del 8 de abril al 30 de junio de 2026 (ejercicio 2025)
Importante: Este artículo es informativo — no constituye asesoramiento fiscal. Para consultas individuales: gestoría o asesor fiscal.
IGIC: El impuesto indirecto canario
Canarias no pertenece al territorio IVA de la UE. En lugar del IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido), aquí se aplica el IGIC — Impuesto General Indirecto Canario. La gran ventaja: el tipo general es de solo el 7 %, frente al 21 % del IVA en la Península.
| Tipo | Porcentaje | Ejemplos de bienes o servicios |
|---|---|---|
| Tipo cero | 0 % | Alimentos básicos (pan, leche, frutas), libros, publicaciones |
| Tipo reducido | 3 % | Productos industriales, textiles, transporte, cultura |
| Tipo general | 7 % | Todo lo no incluido en otras categorías |
| Tipo incrementado 1 | 9,5 % | Determinados bienes |
| Tipo incrementado 2 | 15 % | Determinados bienes |
| Tipo especial tabaco | 20 % | Tabaco |
| Combustibles (novedad 2026) | 1 % | Importación de combustibles |
El sistema del IGIC contempla seis tipos impositivos. El tipo cero (0 %) se aplica a alimentos básicos como pan, leche, huevos, frutas y verduras, así como libros y publicaciones periódicas. El tipo reducido del 3 % afecta a productos industriales, textiles, transporte y cultura. El tipo general del 7 % cubre todo lo no incluido en otras categorías. Existen además tipos incrementados del 9,5 % y 15 % para determinados bienes, y un tipo especial del 20 % para el tabaco. Novedad 2026: un tipo del 1 % para la importación de combustibles.
Están exentos del IGIC los servicios sanitarios, la educación (desde infantil hasta universidad), los servicios postales y los seguros. Para autónomos y empresarios: las facturas llevan IGIC en lugar de IVA. El régimen simplificado está disponible para pequeños negocios. Las declaraciones del IGIC se presentan trimestralmente ante la Agencia Tributaria Canaria.
IRPF: La renta en Canarias
El IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas) consta de dos partes: un tramo estatal común a toda España y un tramo autonómico que fija cada comunidad. Canarias tiene su propia escala con siete tramos.
La escala autonómica para 2025/2026 comienza en el 9 % para las rentas más bajas y sube progresivamente por 10,5 %, 14 %, 18,5 %, 23,5 % y 24 % hasta un máximo del 26 %. Para comparar: Madrid tiene un tipo máximo del 20,5 %, Cataluña del 25,5 %. Canarias se sitúa en la franja media-alta — pero las numerosas deducciones marcan la diferencia.
Se considera residente fiscal en Canarias a quien viva allí al menos 183 días al año. Solo entonces se aplica la escala autonómica y pueden reclamarse las deducciones canarias.
29 deducciones autonómicas — la mayoría desconocidas
Canarias ofrece uno de los sistemas de deducciones autonómicas más amplios de España. Para el ejercicio 2025 (declaración 2026), hay 29 deducciones diferentes disponibles. Las principales:
Alquiler: 24 % de las cantidades pagadas por vivienda habitual, máximo 740 € (760 € para menores de 40 o mayores de 75). Gastos sanitarios: 12 % de determinados gastos médicos. Donaciones: 10–20 % para donaciones a entidades benéficas o patrimonio histórico, hasta 150 €. Inversiones: 20 % por inversión en empresas canarias (máx. 4.000 €), 30 % en casos especiales (máx. 6.000 €). Además: deducciones por guardería, nacimiento/adopción, dependientes, gastos de estudios y más.
Muchas de estas deducciones no son aprovechadas por los recién llegados — simplemente porque no se conocen. Un buen asesor fiscal o gestoría local conoce los detalles.
REF: El Régimen Económico y Fiscal
El REF es la base del paisaje fiscal canario. Fue creado para compensar las desventajas de la insularidad y la ultraperificidad, y ofrece incentivos a la inversión únicos en la UE.
RIC (Reserva para Inversiones en Canarias): Empresas y autónomos pueden destinar hasta el 90 % de sus beneficios no distribuidos a una reserva libre de impuestos — si reinvierten el dinero en Canarias en un plazo de tres años (inmuebles, maquinaria, equipamiento). Es la ventaja individual más potente del sistema canario.
ZEC (Zona Especial Canaria): Las empresas que cumplan ciertos requisitos (creación de empleo, inversión mínima) pueden acceder a un tipo del Impuesto de Sociedades de solo el 4 % (Gobierno de Canarias) — frente al 25 % general en España. La ZEC está vigente hasta finales de 2026.
Bonificación por producción: Quienes produzcan bienes corporales en Canarias (agricultura, industria, pesca) reciben una bonificación del 50 % en la cuota correspondiente del Impuesto de Sociedades o IRPF.
Exenciones por inversión: Las inversiones iniciales en Canarias pueden estar exentas del ITPAJD y del IGIC.
Consejos prácticos para residentes y autónomos
Gestoría o Asesor Fiscal: España no es un país donde se haga la declaración por cuenta propia — menos aún siendo recién llegado. Una gestoría o asesor fiscal cuesta entre 50 y 150 € por trimestre y se amortiza con creces.
Modelo 130: Los autónomos realizan pagos fraccionados trimestrales del IRPF a través del Modelo 130 (20 % del beneficio trimestral). Se compensan en la declaración anual.
Modelo 420: La declaración trimestral del IGIC para autónomos — equivalente canario del Modelo 303 de IVA peninsular.
Ejercicio fiscal = año natural: La declaración de la renta se presenta al año siguiente. La campaña 2026 para el ejercicio 2025 va del 8 de abril al 30 de junio de 2026.
Convenios de doble imposición: España tiene convenios con la mayoría de países europeos y latinoamericanos. Quien adquiera la residencia fiscal en Canarias debe declarar allí sus rentas mundiales — pero puede aplicar créditos bajo el convenio correspondiente. Siempre consultar con un asesor fiscal antes de trasladarse.
Conclusión: Más ventajoso de lo esperado — si se hace bien
Para los recién llegados, el sistema fiscal canario resulta en muchos aspectos más favorable de lo esperado. 7 % de IGIC frente al 21 % de IVA, tipos de IRPF moderados, 29 deducciones y los instrumentos REF convierten a Canarias en uno de los destinos fiscalmente más atractivos de la UE — de forma legal y transparente. Con un buen asesor fiscal y conocimiento de las reglas, el ahorro es sustancial. Sin asesor, se pierde dinero.
Aviso: Este artículo es meramente informativo y no constituye asesoramiento fiscal individualizado. La normativa fiscal puede cambiar. Para información vinculante, consulte con una gestoría o asesor fiscal autorizado en Canarias.
