¿Qué pasó en el Hospital Insular?
La paciente había ingresado en el Hospital Insular por un dolor opresivo en el pecho y alteraciones en el electrocardiograma. Durante la estancia, la historia clínica documentó arritmias cardíacas, según informa Canarias7.
Un análisis de sangre reveló un nivel de potasio muy bajo. A pesar de ese valor alarmantemente bajo, la mujer recibió el alta. Unos 30 minutos después sufrió dos paradas cardíacas con taquicardia ventricular en la entrada de su vivienda.
Fue reanimada y trasladada de nuevo a la unidad de cuidados intensivos del Hospital Insular. Tras el reingreso, el potasio seguía muy bajo. Un primer TAC craneal mostró signos de falta de oxígeno en el cerebro.
¿Cómo justifica el juzgado su sentencia?
El juzgado calificó la atención médica de «inadecuada y precipitada». A su juicio, la paciente debería haber seguido ingresada y haber recibido potasio por vía intravenosa, en lugar de ser enviada a casa.
Un cardiólogo del Complejo Hospitalario Universitario Insular-Materno Infantil (CHUIMI), que trató a la mujer tras el reingreso, declaró según Canarias7 que un nivel de potasio muy bajo está asociado a un mayor riesgo de arritmias y debe tratarse urgentemente por vía intravenosa.
El jefe del servicio correspondiente calificó la hipopotasemia de grave. El juzgado también señaló que una estancia hospitalaria adicional no habría evitado con seguridad la parada cardíaca. Sin embargo, habría reducido el riesgo y habría dado a la paciente «una oportunidad».
¿A cuánto asciende la indemnización?
Los familiares habían reclamado una cantidad mayor. El juzgado les reconoció parcialmente 300.000 euros, más intereses legales desde la fecha de la reclamación administrativa hasta el pago completo.
El juzgado calificó la cantidad de «prudente y razonable».
El juzgado no impuso costas porque ninguna de las pretensiones fue reconocida en su totalidad. El pago corre a cargo del Servicio Canario de la Salud, es decir, el servicio público de salud de Canarias, con fondos públicos.
¿Cómo argumentó el servicio de salud?
El SCS se había opuesto a la demanda. Solicitó la desestimación alegando que la reclamación había prescrito y que no existía relación de causalidad entre la actuación de los médicos y los daños reclamados.
Un informe del servicio de inspección del SCS defendió que el alta fue correcta. La cardióloga que trató a la paciente declaró que esta estaba estable, que le prescribió potasio por vía oral y que un nivel muy bajo no requiere ingreso hospitalario, sino tratamiento ambulatorio.
El juzgado no siguió esa versión. Las pruebas practicadas en el juicio apuntaban en otra dirección, según informa Canarias7.
¿Qué significa la sentencia para residentes y visitantes?
Según los datos disponibles, la sentencia no modifica normas generales, precios, plazos ni condiciones de acceso para residentes, extranjeros o visitantes de Canarias. Afecta a un caso concreto de responsabilidad del SCS.
No se mencionó ninguna nueva regulación sanitaria autonómica ni un procedimiento obligatorio. Quien reciba atención médica del SCS en Gran Canaria mantiene los mismos derechos y obligaciones que antes.
Para pacientes con valores de laboratorio alterados, la sentencia puede servir de orientación. Muestra que los juzgados pueden considerar errónea un alta pese a un nivel de potasio muy bajo.
¿Qué pasa ahora?
Contra la sentencia cabe recurso de apelación ante el Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC). Según Canarias7, no se sabe si el SCS dará ese paso.
También queda por ver cuándo se realizará el pago y a cuánto ascenderán finalmente los intereses legales.
El juzgado reconoció que el marido y los hijos estaban legitimados como perjudicados directos para reclamar el daño moral sufrido.