La llegada de la Ley 7/2023, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, trajo consigo un cambio significativo en la relación entre los espacios de hostelería y las mascotas. Aunque mucha gente cree que la norma obliga a admitir perros en todos los bares, la realidad es más matizada y, sobre todo, más práctica. La ley no fuerza a ningún establecimiento a aceptar animales, pero sí impone una condición de transparencia que beneficia tanto a los dueños de mascotas como a los propios locales.
El artículo 29 de esta normativa, que aplica en toda España y por tanto también en Canarias, establece que los bares, restaurantes, cafeterías y hoteles pueden facilitar la entrada de animales de compañía, siempre que no representen un riesgo para las personas, otros animales o los bienes. Eso sí, los peludos nunca pueden acceder a zonas de preparación, almacenamiento o manipulación de alimentos, en consonancia con las normas de higiene alimentaria. La gran novedad es que si el establecimiento opta por no admitir mascotas, debe colocar un distintivo que lo indique de forma visible desde el exterior. Si no hay cartel, la interpretación generalizada es que el acceso está permitido.
Qué dice exactamente la ley sobre el cartel de prohibición
El texto legal es directo: los establecimientos de hostelería que no admitan la entrada y estancia de animales “deberán mostrar un distintivo que lo indique, visible desde el exterior del establecimiento”. Esta frase, recogida en el artículo 29.2, cambia las reglas del juego. Hasta hace poco, era habitual que un camarero te dijera que el perro no podía pasar sin más explicación. Ahora, si no hay un aviso claro en la entrada, la negativa podría considerarse un incumplimiento de la ley.
Esta obligación de señalización se extiende también a los edificios y dependencias públicas. El artículo 29.3 señala que, salvo prohibición expresa debidamente señalizada y visible desde el exterior, los animales de compañía son bienvenidos. La lógica es sencilla: transparencia para que las familias con mascotas puedan planificar sus salidas sin sorpresas desagradables. En la práctica, esto significa que un paseo por Las Canteras o una visita a un pueblo de interior en Tenerife se vuelve más predecible: buscas el cartel, y si no lo ves, puedes intentar entrar con tu perro con toda la legitimidad que otorga la norma estatal.
Cómo funciona en la práctica en bares y restaurantes de las islas
En Canarias, la Ley 7/2023 se aplica igual que en la península, pero con un matiz importante: los ayuntamientos y las normativas autonómicas pueden añadir condiciones específicas. La propia ley estatal deja claro que la admisión de mascotas se entiende “sin perjuicio de lo dispuesto en la normativa sobre salud pública, o de las ordenanzas municipales o normativa específica”. Esto significa que, aunque la regla general favorece el acceso con perros, conviene echar un vistazo a las ordenanzas locales de cada municipio canario, ya que algunas pueden ser más restrictivas en cuanto a interiores o determinadas zonas.
En el día a día, la realidad en las islas es bastante amigable con las mascotas, sobre todo en terrazas y espacios al aire libre. Muchos bares y restaurantes en zonas turísticas como el sur de Gran Canaria, Costa Adeje o Puerto del Carmen ya eran pet-friendly antes de la ley, y ahora simplemente están actualizando su señalización para cumplir con la norma. Verás cada vez más carteles de “se admiten mascotas” o “perros bienvenidos” en las entradas. Los locales que prefieren no admitir animales están colocando el distintivo de prohibición, y donde no hay ningún aviso, la gente asume, con razón, que puede entrar con su perro.
Multas y sanciones: lo que se sabe y lo que no
La Ley 7/2023 establece un régimen sancionador con tres niveles: infracciones leves, graves y muy graves. Las leves pueden acarrear multas de hasta 10.000 euros, las graves hasta 50.000 euros, y las muy graves pueden alcanzar los 200.000 euros. Sin embargo, la norma no detalla una sanción fija y específica para el caso concreto de un bar que rechaza a un perro sin tener el cartel de prohibición.
Los expertos y los medios especializados sugieren que una negativa de acceso sin la señalización adecuada podría encuadrarse como infracción leve, siempre que no haya daño físico al animal. En la práctica, esto podría traducirse en sanciones desde unos 500 euros en adelante, aunque la cuantía exacta depende de la autoridad competente y de las circunstancias del caso. Algunas informaciones mencionan multas de hasta 200.000 euros para la hostelería, pero conviene aclarar que esa cifra corresponde al máximo para infracciones muy graves en general, no a la falta de un cartel. En Canarias, al no estar documentados de forma centralizada los casos de sanción, lo más probable es que las autoridades opten primero por advertencias o inspecciones antes de imponer multas, sobre todo en casos leves como la ausencia de distintivo.
Guía para dueños de mascotas: cómo moverte por Canarias con tu perro
Si vives en las islas o estás de visita con tu compañero de cuatro patas, la nueva normativa te da herramientas para disfrutar de la hostelería con más seguridad. Antes de entrar en un bar o restaurante, busca el cartel en la entrada. Si ves un “no se admiten animales” o un pictograma similar, respétalo y busca otra opción. Si no hay ningún distintivo de prohibición, la ley te respalda para acceder con tu perro, siempre que cumplas con las condiciones básicas de higiene y control.
Recuerda que los perros no pueden entrar en cocinas ni en zonas de manipulación de alimentos, y que deben ir siempre atados con correa en espacios públicos. Si tu perro pertenece a una raza considerada potencialmente peligrosa, la normativa anterior sigue vigente y exige bozal y condiciones específicas. Una vez dentro, asegúrate de que tu mascota esté limpia, tranquila y bajo control en todo momento. Si surge algún problema o te niegan la entrada sin que haya cartel visible, puedes preguntar educadamente por el fundamento legal de la negativa y, si lo consideras oportuno, solicitar la hoja de reclamaciones para dejar constancia de la falta de señalización.
Preguntas frecuentes
- ¿Están obligados todos los bares de Canarias a admitir perros?
- No. La ley permite que cada establecimiento decida si admite o no mascotas. Lo que sí es obligatorio es que, si deciden no admitirlas, coloquen un cartel visible desde la calle.
- ¿Qué pasa si un bar no tiene cartel y me niegan la entrada con mi perro?
- Si no hay un distintivo de prohibición visible, la ley respalda la presunción de que las mascotas son bienvenidas. Puedes solicitar la hoja de reclamaciones y mencionar el artículo 29 de la Ley 7/2023.
- ¿Puedo entrar con mi perro al interior del restaurante o solo a la terraza?
- Depende de la decisión del local y de las ordenanzas municipales. La ley estatal permite el acceso a zonas que no sean de manipulación de alimentos, pero algunos ayuntamientos pueden restringir el acceso a interiores.
- ¿Qué animales están reconocidos como mascotas por esta ley?
- Principalmente perros, gatos y hurones. Los perros de asistencia tienen garantizado el acceso en todo caso por su normativa específica.
- ¿De cuánto puede ser la multa para un bar que incumple la norma del cartel?
- No hay una cifra fija. Podría considerarse infracción leve, con sanciones desde unos 500 euros, pero la cuantía exacta depende de la autoridad y las circunstancias concretas.
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Esta información es de carácter divulgativo y no constituye asesoramiento legal. La normativa puede cambiar y las ordenanzas municipales pueden añadir condiciones específicas. Consulta siempre con el ayuntamiento correspondiente para detalles actualizados.
