Canarias vive del turismo — y, al mismo tiempo, a muchos residentes les cuesta encontrar vivienda asequible. De esa tensión nació una ley muy debatida durante meses: la Ley 6/2025. Reordena el alquiler vacacional y busca evitar que las viviendas desaparezcan, calle a calle, del mercado residencial.
Para ti significa: tanto si tienes una vivienda y quieres alquilarla, como si eres nómada digital y te quedas una temporada, o simplemente reservas unas semanas de vacaciones — las nuevas reglas te tocan en algún punto. Aquí va la versión tranquila.
Qué establece la ley
El núcleo es una cuota: en cada zona, al menos el 90 % de las viviendas debe seguir siendo residencial y, como mucho, el 10 % puede destinarse a uso turístico. En las islas verdes La Palma, La Gomera y El Hierro el límite es del 20 %.
A eso se suman otros detalles: la obra nueva solo puede convertirse en vivienda vacacional diez años después de terminarse, la licencia dura cinco años y luego hay que renovarla. Si una vivienda queda vacía más de un año, la autorización decae.
Si quieres alquilar tú mismo
Toda vivienda vacacional necesita un registro VV regional (vivienda vacacional). Que la tuya pueda o no depende de la zona: los cabildos clasifican los ámbitos en "apta" (permitida), "con condicionantes" y "no apta" (no permitida). Si tu vivienda está en zona permitida y cumple los estándares, el trámite suele tardar de cuatro a doce semanas.
Si vives en una comunidad de propietarios
Un punto importante para muchos propietarios: la comunidad puede prohibir el alquiler vacacional en el edificio con una mayoría de tres quintos (60 %). También puede aprobar un recargo de hasta el 20 % en los gastos comunes para las viviendas alquiladas. Quien tenga una licencia antigua de 2015 puede, en un plazo de cinco años, presentar una declaración para conservar el uso turístico.
¿Y si solo quieres alquilar como huésped?
Como huésped o inquilino de larga estancia también lo notas: en los lugares populares la oferta de viviendas vacacionales legales se estrecha, pero gana en homogeneidad. Ante la duda, reserva solo con anfitriones que tengan número de licencia válido — los anuncios serios lo muestran.
Preguntas frecuentes
- ¿Puedo seguir alquilando mi vivienda como vacacional?
- Sí, si está en zona permitida, cumple los estándares y la cuota de la zona no está agotada. El registro VV es obligatorio.
- ¿Se aplica también a la obra nueva?
- Las viviendas de obra nueva solo pueden alquilarse a turistas diez años después de terminarse.
- ¿Puede mi comunidad prohibir el alquiler?
- Sí, con una mayoría de tres quintos (60 %) puede prohibir el alquiler vacacional en el edificio.
- ¿Qué pasa con el alquiler ilegal?
- Las multas van de 1.500 a 300.000 euros, según la gravedad.
- ¿Cambia algo para mí como turista?
- Sobre todo, que conviene fijarse en el número de licencia. Reserva solo alojamientos registrados.
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Este artículo es una orientación general y no asesoramiento jurídico. Para tu caso concreto, consulta con un abogado o una gestoría.
