¿Qué anuncios se cuestionaron el 23 de octubre?

La Dirección General de Consumo ha pedido a dos plataformas online, no identificadas por su nombre, que retiren 8.318 anuncios. Los anuncios ofrecían alojamientos como «contratos de alquiler de temporada», pero admitían reservas de menos de 31 días.

La medida afecta, según los datos disponibles, al conjunto de España, no en concreto a Canarias. Para la Comunidad de Madrid se citaron 6.772 anuncios, de ellos 6.523 en la ciudad de Madrid.

No consta un desglose para Canarias en los datos verificados. Las informaciones no mencionan cambios de precios, cierres concretos ni nuevas vías de solicitud en las islas.

¿Qué norma rige desde octubre para los alquileres de temporada?

Desde el 8 de octubre de 2026 rige, según las informaciones citadas, una nueva norma para los contratos de alquiler de temporada. Un contrato de este tipo debe durar al menos 31 días y, por regla general, como máximo doce meses.

El fin temporal concreto —trabajo, estudios o tratamiento médico, por ejemplo— debe existir de verdad y acreditarse. Las ofertas de estancias de 30 días como máximo no se consideran alquiler de temporada ordinario, sino uso turístico.

Calificar falsamente un alojamiento como alquiler de temporada puede suponer, según la Dirección General de Consumo, una comunicación comercial engañosa y desleal. Puede vulnerar el artículo 47 del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios.

¿Qué consecuencias tiene esta clasificación para turistas y residentes?

Los residentes y los extranjeros que viven en España no pueden calificar un alojamiento de al menos 31 días como alquiler turístico solo por su corta duración. El arrendador debe acreditar el fin temporal real.

Los visitantes que reservan hasta 30 días pueden verse afectados por la nueva clasificación. Las informaciones no citan, sin embargo, efectos concretos sobre los precios del alquiler ni sobre los canales de reserva en Canarias.

Los arrendadores y las plataformas fueron notificados formalmente por el procedimiento europeo de la Ley de Servicios Digitales. Desde la notificación pueden ser responsables directos de los contenidos ilícitos comunicados.

¿Qué sanciones afrontan las plataformas si incumplen?

Si las plataformas no retiran o bloquean los anuncios, Consumo puede abrir un procedimiento sancionador. No se citó una multa concreta ni un plazo obligatorio de retirada.

El ministerio ya ha actuado antes contra plataformas. Consumo impuso una sanción de 64 millones de euros a Airbnb por miles de anuncios que no cumplían la norma.

Booking retiró más de 4.000 anuncios tras una petición oficial del ministerio. También se impusieron multas a intermediarios inmobiliarios como Alquiler Seguro, en ese caso de 3,6 millones de euros.

¿Qué preguntas siguen abiertas tras la petición de retirada?

No se han publicado los nombres de las plataformas, la cifra exacta de anuncios afectados en Canarias, los plazos individuales ni las posibles multas. La fase actual es una petición de retirada, no una sanción ya anunciada.

Las plataformas deben ahora eliminar los anuncios comunicados o bloquear su acceso. Después, Consumo podría iniciar procedimientos.

Para arrendadores y turistas canarios sigue sin saberse cuántos anuncios de las islas están afectados. El ministerio no ha publicado hasta el viernes ningún desglose regional.