¿Qué cambia para compradores extranjeros e inversores?

Un comprador de la UE o británico no tendría un estatus especial por su nacionalidad. Lo decisivo serían el empadronamiento y la duración de la estancia en Canarias, tal y como recoge el borrador según El Día.

Quien cumpla los requisitos podría adquirir como máximo dos viviendas en municipios diferentes. Los visitantes no residentes y los extranjeros sin el tiempo de empadronamiento exigido no podrían comprar ninguna vivienda según el borrador.

No se han publicado datos sobre contratos de compraventa ya existentes, valores de reventa, plazos transitorios, tasas o un procedimiento de solicitud. Tampoco se confirma en las informaciones disponibles una limitación automática de los títulos de propiedad ya existentes.

¿Qué requisitos tendrían que cumplir los compradores?

En principio solo podrían comprar personas físicas con al menos diez años de empadronamiento ininterrumpido en Canarias. Con una estancia interrumpida habría que acreditar 15 años en total, informa El Día.

La acreditación se haría mediante un certificado de empadronamiento expedido por el Ayuntamiento correspondiente. La limitación se aplicaría con independencia de la nacionalidad.

Las personas que ya posean dos o más viviendas serían tratadas como no residentes a efectos de la garantía de acceso prevista y no podrían adquirir más viviendas.

¿Qué se aplica a empresas y sociedades de inversión?

Las empresas y sociedades de inversión solo podrían comprar viviendas si su objeto social incluye su venta o alquiler a personas físicas. Así se desprende del borrador que describe El Día.

Una compra sin el requisito exigido sería nula según el borrador y no podría inscribirse en el Registro de la Propiedad. Las medidas propuestas tendrían una vigencia de diez años desde su entrada en vigor.

¿Por qué propone el Gobierno esta limitación?

El Gobierno justifica la iniciativa por la escasez de vivienda, la superficie limitada y la presión de las compras de extranjeros no residentes.

Esta cifra no se respalda en las informaciones disponibles con un periodo concreto ni con una estadística primaria.

De esas compras, 2.666 correspondieron a no residentes y 1.963 a residentes extranjeros.

¿Qué otras medidas incluye el paquete?

El borrador contempla también modificar la Ley de Arrendamientos Urbanos para que los municipios puedan delimitar zonas en las que se prohíba la cesión temporal de viviendas para uso turístico. Así lo recoge El Día.

Además, el Gobierno propone reformar la Ley Reguladora de las Haciendas Locales para permitir a los municipios gravar las pernoctaciones de turistas no residentes.

La «protección de la función social de la vivienda» serviría como fundamento jurídico para someter determinadas operaciones inmobiliarias a una autorización administrativa previa. La Comunidad Autónoma de Canarias podría conceder o denegar esas autorizaciones.

¿Qué queda pendiente y cuándo podría entrar en vigor?

Quedan pendientes, en particular, el visto bueno del Gobierno central y del Congreso de los Diputados, la compatibilidad con el derecho de la UE, el texto legal exacto, las normas transitorias y el tratamiento de los contratos de compraventa en curso.

Las propuestas no formaron parte, según las informaciones, de los últimos decretos del Gobierno. No se ha comunicado una próxima fecha vinculante ni un plazo hasta el viernes 16 de octubre de 2026.

El Gobierno se ampara en el artículo 349 del Tratado de Funcionamiento de la UE, que permite disposiciones especiales para regiones ultraperiféricas como Canarias. No hay fecha de entrada en vigor.